Aguinaldo

Ley N° 12840 del Código Civil Uruguayo;
Ley N° 12840 del Código Civil Uruguayo;

Es un derecho laboral que tienen todos los trabajadores, tanto del ámbito p´´úblico como en el ámbito privado. 

Este derecho esta establecido en  la Ley 12840, esto indica que el empleador tiene la obligación de pagar un sueldo anual dentro de los 10 días anteriores al 24/12.

¿Cuándo se paga el Aguinaldo?

Este sueldo se paga dos veces al año, el primero se paga en junio con el salario de diciembre del año anterior ,enero, febrero, marzo, abril y mayo del mismo año. El segundo es en diciembre con el salario de junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre.

Forma de calcular Aguinaldo

Se le va a sumar el salario desde diciembre hasta mayo y se divide entre doce (por los meses), en el caso del segundo aguinaldo del año se le suma el salario desde junio hasta noviembre y se divide entre doce (por los meses). 

Salario Vacacional

Es la suma de dinero recibida cuando se toma la licencia anual. Solo se le es otorgada a los trabajadores dependientes privados. Su forma de cálculo es para el mensual, dividir el salario líquido entre 30 y luego multiplicarlo por lo días que se fue; y el jornalero, el jornal líquido por la licencia. 


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